Reglas para aceptar billetes dañados. Al cambiar moneda extranjera en efectivo, el Banco cobra una comisión* y le da

Reglas para el cambio y aceptación de billetes rusos dañados están definidos en la instrucción del Banco Central N° 1778-U. Según estas normas, los bancos deben cambiar los billetes a la par o acreditarlos en la cuenta del cliente. En particular, los billetes pueden estar desgastados, sucios, con manchas de aceite, sellos, inscripciones, agujeros, pegados, cubiertos de pintura, rotos y defectuosos. Los bancos están obligados a aceptar billetes pares formados por dos billetes diferentes de la misma denominación, siempre que cada parte ocupe al menos el 50% del área original del billete. También cualquier banco ruso está obligado a cambiar monedas dobladas, aplanadas, aserradas, fundidas o descoloridas, pero a condición de que se conserve íntegramente la imagen del anverso y del reverso.

La aceptación de billetes rusos dañados se realiza sin presentar el pasaporte, excepto en los casos en que legislación vigente Se requiere identificación obligatoria de los clientes. En particular, según 115-FZ, los bancos deben identificar al cliente durante las transacciones de cambio y de divisas por montos superiores a 15 mil rublos.

Billetes dañados:

Un billete roto.

El billete está lleno de tintes, pero la imagen no se ve afectada.

El billete se compone de dos partes adyacentes de billetes diferentes de la misma denominación. Cada parte ocupa al menos el 50% del área original del billete.

El billete tiene un defecto de fabricación.

El billete está dañado por el fuego.

Un fragmento de un billete ocupa al menos el 55% del área original.

1. Billetes de un estado extranjero (grupos países extranjeros) son reconocidos como intactos por PJSC "SAROVBUSINESSBANK" en los siguientes casos:

  • que no contenga signos de falsificación;
  • conservando las principales características de pago: el nombre del banco emisor, números y series, denominaciones en números y palabras, el diseño principal en el anverso y reverso, así como elementos antifalsificación (marca de agua, marcas magnéticas, hilos de seguridad, microtexto, fibras coloreadas incrustadas en papel, incluidos patrones luminiscentes visibles por luz ultravioleta);
  • tener un desplazamiento del patrón del billete con respecto al campo blanco hacia arriba o hacia abajo de no más de 1 mm;
  • Billetes sin arrugas que no presenten abrasiones ni suciedad debido a la circulación del billete, que no presenten manchas, impresiones de sellos e inscripciones extrañas, incluidos brillos, sellos e inscripciones visibles a los rayos UV, que no presenten desgarros, perforaciones u otros daño .

2. Los billetes de un Estado extranjero (grupo de Estados extranjeros) se consideran dañados por los siguientes daños y defectos:

  • sin signos de falsificación;
  • conservando los siguientes detalles: el nombre del banco emisor, números y series, denominaciones en números y palabras, el diseño principal en el anverso y reverso, así como elementos antifalsificación (marca de agua, marcas magnéticas, hilos de seguridad, microtexto, fibras coloreadas incrustadas en el papel, incluso visibles con rayos UV, patrones luminiscentes);
  • tener pequeñas abrasiones y suciedad que no interfieran con la determinación de la autenticidad del billete;
  • con pequeñas manchas de aceite y otras manchas con un diámetro de no más de 3 mm, pequeñas inscripciones extrañas de no más de 2 caracteres con tamaño máximo un carácter de no más de 5 mm, impresiones de sellos de no más de una, con un tamaño máximo de no más de 5 mm, si las inscripciones y las impresiones de sellos no interfieren con la determinación de la autenticidad del billete;
  • tener no más de 2 perforaciones con un diámetro de orificio de hasta 1 mm, que no interfieran con la determinación de la autenticidad del billete;
  • expuesto a reactivos químicos, incluidos reactivos que provocan que el papel brille con los rayos ultravioleta (brillo de inclusiones individuales con un diámetro de no más de 0,5 cm);
  • con desgarros de tamaño no mayor a 1 cm, esquinas pegadas o perdidas de tamaño no mayor a 0,5 cm.

3. Billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) retirados de la circulación después de la fecha anunciada por el banco emisor del estado extranjero correspondiente (grupo de estados extranjeros) y comunicados a los bancos autorizados por el Banco de Rusia o que tengan otros daños, otros distintos de los especificados en el apartado 2 de la normativa vigente, no se aceptan.

4. Todas las operaciones de aceptación de efectivo moneda extranjera de clientes en todo tipo de pagos, para acreditar a cuentas bancarias, las cuentas para depósitos, transferencias, así como al realizar transacciones de cambio de moneda, otras transacciones con efectivo en moneda extranjera realizadas en el Banco (excepto operaciones de reposición) se realizan únicamente con billetes intactos de países extranjeros (grupos de países extranjeros) especificados en cláusula 1 de estas reglas La sustitución de billetes dañados de estados extranjeros (grupo de estados extranjeros) que no presentan signos de falsificación por billetes intactos del estado extranjero correspondiente (grupo de estados extranjeros) se realiza mediante el cobro de una comisión establecida por el Banco.

5. Los billetes de un estado extranjero (un grupo de estados extranjeros), que plantean dudas sobre la autenticidad o tienen signos evidentes de falsificación, no se devuelven al portador y están sujetos a detención por parte del banco con la emisión al cliente de un certificado de aceptación de billetes dudosos para su examen (detención de billetes con signos de falsificación) 0402159.


NORMAS PJSC Sberbank aceptar billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) para su recogida
1. Sberbank PJSC (en adelante, el Banco) no es responsable de las consecuencias de la información indicada incorrectamente por el Cliente en los documentos presentados al Banco, de las acciones de los corresponsales del Banco y otras circunstancias fuera del control del Banco que resultaron en falta de recepción de pago y pérdidas.

2. Los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) se aceptan para su cobro sobre la base de la Solicitud de aceptación de billetes de estados extranjeros (grupo de estados extranjeros) para su cobro de acuerdo con estas Reglas y las “Reglas para la aceptación de billetes dañados de estados extranjeros (grupo de estados extranjeros), incluido el número de envío para su recogida”, establecido por el Banco. El Banco se reserva el derecho de negarse a aceptar billetes para su cobro si falta la Solicitud o no está correctamente cumplimentada. Al aceptar billetes unión Europea(euro) La solicitud se redacta en 2 (dos) copias, para todas las demás monedas, en una sola copia.

3. La comisión se cobra en el momento de la aceptación de los billetes para su cobro. La comisión es pagadera por el Cliente de acuerdo con la tarifa, establecido por el banco, independientemente de la recepción o no recepción de la compensación por los billetes aceptados para su cobro.

4. El recibo de aceptación de billetes para cobro no puede transferirse a otras personas sin el consentimiento del Banco y debe devolverse al Banco al recibir la compensación por los billetes aceptados para cobro.

5. El pago de una compensación a particulares por los billetes aceptados para su cobro es posible en moneda en efectivo, así como mediante abono en la cuenta bancaria de un particular. El pago de la compensación en una moneda distinta de la moneda de los billetes aceptados para su cobro se realiza según los tipos de cambio del Banco establecidos en la fecha de pago o en la fecha de abono en la cuenta bancaria.

6. Pago de indemnización entidades legales, organismos encargados de hacer cumplir la ley, servicios alguaciles para los billetes aceptados para su cobro se realiza acreditando en la cuenta la cobertura no monetaria. En caso de recibir una compensación por el cobro en una moneda distinta de la moneda de la cuenta, el monto recibido como resultado de la conversión de la moneda de los billetes a la moneda de la cuenta, realizada al tipo de cambio (tipo cruzado) del Banco de Rusia. el día de acreditar la cobertura no monetaria en la cuenta del Cliente, está sujeto a acreditación.

7. En caso de negativa banco extranjero A partir de la compra de billetes aceptados para el cobro, el Banco envía al Cliente una notificación por escrito de la decisión del banco extranjero a la dirección especificada en la Solicitud de aceptación para el cobro, con un extracto de la respuesta oficial del banco extranjero adjunto. .

8. En caso banco extranjero no puede tomar una decisión sobre el pago de la compensación, los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) son enviados por el banco extranjero al banco emisor para un examen adicional. El Banco envía al Cliente una notificación por escrito de la decisión del banco extranjero a la dirección especificada en la Solicitud de Aceptación de Cobro, acompañada de un extracto de la respuesta oficial del banco extranjero.

9. El plazo aproximado para pagar una compensación al Cliente o enviar una notificación sobre la decisión de un banco extranjero puede oscilar entre 3 y 36 meses. El Banco no es responsable de las acciones de los bancos extranjeros y de los bancos emisores que hayan resultado en un retraso en el envío de la notificación o en el pago de la compensación, así como en la negativa a pagar la compensación.

REGLAS PARA LA ACEPTACIÓN DE MONEDAS DAÑADAS DE ESTADOS EXTRANJEROS (GRUPO DE ESTADOS EXTRANJEROS), INCLUIDO PARA EL ENVÍO A COBRO


  1. Los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) se consideran dañados si tienen defectos y daños enumerados en las cláusulas 8.1 y 8.2 de la Tabla de estas Reglas y se aceptan para las siguientes operaciones:

  • compra de billetes dañados de un estado extranjero (grupo de estados extranjeros) para obtener efectivo Federación Rusa;

  • Reemplazo de un billete (moneda) dañado de un estado extranjero (grupo de estados extranjeros) por un billete en buen estado ( billetes) el mismo estado extranjero (grupo de estados extranjeros);

  • aceptación de billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) para su envío a colección.

  1. Para el envío a recogida se aceptan billetes dañados de países extranjeros (grupos de países extranjeros) con el consentimiento del cliente. Con el fin de proporcionar información adicional a un banco extranjero al enviar billetes para su cobro que estén dañados como se especifica en los párrafos. 8.2.1 - 8.2.13, el cliente tiene derecho a entregar, junto con los billetes, los documentos en su poder que expliquen la causa del daño y confirmen que los billetes no están involucrados en actos ilegales. Se aplica un procedimiento especial a los billetes de Suecia (coronas suecas) y de la Unión Europea (euro) que, en presencia de defectos y daños enumerados en los párrafos 8.1 y 8.2, así como en presencia de defectos inferiores a los especificados en los párrafos . 8.1.3, 8.1.5, 8.1.6, 8.1.7, 8.1.8 y 8.1.11 Las tablas de estas Reglas se aceptan únicamente para su envío a recogida.

  1. Billetes cuyo diseño difiere del diseño de los billetes que son medios de pago legales en el territorio del estado extranjero correspondiente (grupo de estados extranjeros): con una denominación modificada, convertidos de billetes de otros estados, que tienen signos de falsificación, están sujetos a transferencia al órgano de asuntos internos.

  1. Los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) que plantean dudas sobre su autenticidad se envían para su examen.

  1. No se aceptan billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) retirados de la circulación después del plazo de aceptación anunciado por el banco emisor del estado extranjero correspondiente.

  1. Billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) con defectos menores y daños menores a los especificados en la cláusula 8.1.2. - 8.1.6., 8.1.8. y 8.1.10. Las tablas de estas Reglas se aceptan como intactas.

  1. Billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) con defectos importantes y daños mayores a los especificados en la cláusula 8.2.3. - 8.2.5. No se aceptan tablas de estas Reglas.

  1. La información sobre los criterios para clasificar los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) como dañados, sujetos a compra (reemplazo) o aceptación para colección se proporciona en la Tabla de estas Reglas.

8.1. Billete dañado* para ser reemplazado o comprado

8.2. Billete dañado* que se aceptará para su recogida

Desgaste físico

8.1.1. Pegados entre sí a partir de piezas** pertenecientes a un billete.

8.1.2. Haber pegado esquinas rotas o piezas con una superficie superior a 2 cm**, si las partes rotas pertenecen sin duda a este billete.

8.1.3. Ausencia de bordes de billetes con un área total de 0,5 cm**, pero no más de 1/3 de la misma área total, siempre que se conserven los números de serie.

8.1.4. Tener lágrimas selladas, cualquiera que sea su número, si al menos una de ellas mide más de ¼ del ancho del billete.

8.1.5. Tener pinchazos con un diámetro superior a 1 mm, que no interfieran con la determinación de la autenticidad del billete.

8.1.6. Tiene abrasiones y suciedad en el anverso (reverso), que se superponen parcialmente, pero más del 50%, a uno de los detalles del billete***.


8.2.1. Pegado de partes**, si el cajero duda si las partes pertenecen a un mismo billete.

8.2.2. Un billete rasgado en el que la línea de rotura atraviesa el número de serie del billete, por lo que se lee de forma ambigua.

8.2.3. Haber perdido más de 1/3 del billete, pero no más de la mitad del área total.

8.2.4. Falta uno de los números de serie.

8.2.5. Presenta abrasiones y suciedad en el anverso (reverso), que cubren por completo uno de los detalles*** del billete.

8.2.6. Sustrato (papel) deteriorado y debilitado de billetes, incl. tener manchas de moho, óxido, etc.


Impacto del entorno externo (cambio de color, brillo de los rayos UV, etc.)

8.1.7. Tiene manchas de aceite.

8.1.8. Habiendo estado en agua, como resultado de lo cual más del 50% del área del billete adquirió un brillo azul con los rayos ultravioleta.


8.2.7. Aceitado en toda la zona.

8.2.8. Lleno de tinta, pintura o cambio de color parcial o completamente en toda el área del billete, o a lo largo del perímetro del billete, en su totalidad o en fragmentos de cualquier ancho.

8.2.9. Tener inscripciones que brillan con rayos ultravioleta (“soborno”, “extorsión”, “UBOP”, “OBOP”, “ladrón”, etc.).

8.2.10. Tener numerosas manchas y fragmentos que brillan con los rayos ultravioleta: parcial o completamente en toda el área del billete, o a lo largo del perímetro del billete, en su totalidad o en fragmentos interrumpidos de cualquier ancho.

8.2.11. Cambio de brillo en los rayos ultravioleta como resultado de la exposición a cualquier sustancia colorante.

8.2.12. Quemado o chamuscado.




Daño intencional

8.1.9. Hilo de seguridad eliminado (solo USD).

8.1.10 Cambió las dimensiones geométricas en más de 3 mm, tanto en la dirección de disminución como en la dirección de aumento (los desgarros de los bordes no se aplican a los cambios en el tamaño geométrico).

8.1.11 Tener inscripciones y sellos que cubran uno de los detalles*** del billete, con excepción de los especificados en el inciso 8.2.9 de estas Reglas.


8.2.13. Se producen cambios en los principales detalles del billete (adición, borrado, etc.).

Otro

8.1.12. Tener un defecto de impresión evidente, a excepción de un defecto en el hilo de seguridad:

ausencia o no impresión de elementos protectores;

imagen borrosa;

colocación incorrecta de la marca de agua;

ausencia o ubicación inadecuada del número de serie, discrepancia en el tamaño geométrico (cláusula 8.1.10);

etc.


8.2.14. Billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) retirados de la circulación por ellos después de la fecha anunciada por el banco emisor del estado extranjero correspondiente y especificada en el mensaje del Banco de Rusia y antes de la fecha límite para aceptar los billetes especificados. banco emisor el país extranjero correspondiente.

* Si no hay dudas sobre la autenticidad del billete

** El número de piezas no importa.

*** Nombre del banco emisor, serie y número, imágenes de la denominación en números y en palabras (juntas tanto en el anverso como en el reverso, y solo en un lado)

INFORMACIÓN SOBRE TRABAJAR CON MONEDAS DE ESTADOS EXTRANJEROS (GRUPO DE ESTADOS EXTRANJEROS)

Las divisiones de Sberbank PJSC no aceptan ni emiten monedas de países extranjeros (grupos de países extranjeros) al realizar transacciones con efectivo en moneda extranjera.

EXTRACTO DE LAS INSTRUCCIONES DEL BANCO DE RUSIA

“Sobre el procedimiento para los bancos autorizados (sucursales) especies individuales operaciones bancarias con efectivo en moneda extranjera y transacciones con cheques (incluidos cheques de viajero), cuyo valor nominal se indica en moneda extranjera, con participación de personas físicas"
(contenido del Capítulo 1, numerales 2.2. 2.4, 4.1, 4.3, 4.4, 4.8, 4.9, 4.12 - 4.15, 4.17, 4.18 de la Instrucción N° 136-I)

1.1. Banco autorizado (sucursal banco autorizado) (en adelante, el banco autorizado (sucursal) podrá realizar todas o algunas transacciones con efectivo en moneda extranjera y cheques de las previstas en el Capítulo 3 de esta Instrucción. La relación de transacciones realizadas con efectivo en moneda extranjera y cheques es establecida por el banco autorizado (sucursal) en su conjunto para el banco autorizado (sucursal), así como para cada interno unidad estructural banco autorizado (sucursal) sobre la base de la lista de operaciones delegadas a esta división de acuerdo con los requisitos de la Instrucción del Banco de Rusia No. 135-I del 2 de abril de 2010 “Sobre el procedimiento para que el Banco de Rusia tome una decisión sobre registro estatal instituciones de crédito y emisión de licencias para operaciones bancarias”, registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia el 22 de abril de 2010 N 16965 (“Boletín del Banco de Rusia” de 30 de abril de 2010 N 23).

1.2. El banco autorizado (sucursal) determina la lista de monedas extranjeras cuyas transacciones realiza el banco autorizado (sucursal) de conformidad con estas Instrucciones.

1.3. El banco autorizado (sucursal) decide de forma independiente la necesidad de trabajar con monedas de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) al realizar transacciones con efectivo, moneda extranjera y cheques.

Si el banco autorizado (sucursal) ha decidido que no es necesario trabajar con monedas de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros), el pago a personas físicas al realizar transacciones con efectivo en moneda extranjera y cheques es inferior al valor nominal del mínimo. billete de un estado extranjero (grupo de estados extranjeros) en forma de billete se realiza en la moneda de la Federación de Rusia al tipo de cambio establecido por el banco autorizado (sucursal) de conformidad con los párrafos 2.2 y 2.3 de esta Instrucción, a menos que el acuerdo disponga lo contrario al realizar transacciones en cuenta bancaria, cuenta de depósito de un individuo.

2.2. Las transacciones con efectivo, moneda extranjera y cheques se realizan, salvo disposición en contrario del acuerdo, al realizar transacciones en una cuenta bancaria, cuenta de depósito de una persona física, utilizando tipos de moneda extranjera, que se establecen y modifican por orden del banco autorizado ( sucursal) (en adelante, el pedido) o por pedido oficial de un banco autorizado (sucursal), al que el jefe del banco autorizado (sucursal) (su suplente) le otorga el derecho de fijar y cambiar los tipos de moneda extranjera (en adelante, la orden).

2.4. Un banco autorizado (sucursal) no tiene derecho, al realizar transacciones con efectivo, moneda extranjera y cheques, a establecer en sus documentos internos:

Restricciones sobre la denominación y años de emisión de los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) en circulación;

Restricciones a las cantidades de moneda extranjera en efectivo comprada (aceptada) y vendida (emitida), con excepción de las restricciones a las monedas de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) y restricciones a la cantidad de moneda extranjera en efectivo emitida al realizar la operación especificada. en el inciso 3.1.11 del inciso 3.1 de esta Instrucción;

Diferentes tipos de cambio para diferentes denominaciones de billetes de países extranjeros (grupos de países extranjeros).

4.1. Al realizar transacciones con efectivo, moneda extranjera y cheques, la identificación de una persona se lleva a cabo en los casos establecidos por la legislación de la Federación de Rusia.

Al realizar transacciones con efectivo en moneda extranjera y cheques, la transferencia por parte de un individuo a un cajero de efectivo en moneda extranjera, moneda en efectivo de la Federación de Rusia, cheques, tarjetas de pago se considera como el consentimiento del individuo con las condiciones para realizar transacciones. con efectivo, moneda extranjera y cheques comunicados a la persona física en la forma establecida en el párrafo 2.1 de este Instructivo, salvo disposición en contrario de los acuerdos al realizar transacciones en una cuenta bancaria o cuenta de depósito de una persona física.

4.3. Si un cajero, al realizar una transacción con efectivo, moneda extranjera y cheques, identifica un cheque que genera dudas sobre su autenticidad, dicho cheque a un individuo No devuelto. El cajero está obligado a informar al particular en la forma prescrita por el banco autorizado (sucursal) que el cheque plantea dudas sobre su autenticidad. Un cheque que genere dudas sobre su autenticidad se envía a cobro en la forma prescrita en los párrafos 4.13 - 4.18 de este Instructivo.

4.4. Si un cajero identifica defectos y daños en billetes o cheques aceptados de un estado extranjero (grupo de estados extranjeros) o cheques, la posibilidad de realizar transacciones con dichos billetes de banco de estados extranjeros (grupo de estados extranjeros) o cheques se determina de acuerdo con las reglas. para aceptar billetes dañados de estados extranjeros (grupo de estados extranjeros) o de acuerdo con las reglas para aceptar cheques desarrolladas por un banco autorizado (sucursal) de conformidad con los subpárrafos 2.1.5 y 2.1.6 del párrafo 2.1 de estas Instrucciones.

4.8. Se considera final de una transacción con efectivo en moneda extranjera y cheques la transferencia por parte de un cajero a una persona física de efectivo en moneda extranjera, moneda en efectivo de la Federación de Rusia, cheques, así como tarjetas de pago presentadas para su ejecución y sujetas a devolución. a la persona, otros documentos, incluidos los documentos sobre la base de los cuales se ha identificado a una persona en los casos establecidos por la legislación de la Federación de Rusia, y los documentos especificados en los párrafos 4.9 y 4.15 de estas Instrucciones, o documentos redactados de conformidad con el Banco de Directiva de Rusia N 2054-U o Reglamento del Banco de Rusia N 318-P al realizar transacciones especificadas en los subpárrafos 3.1.18-3.1.21 del párrafo 3.1 de estas Instrucciones.

El registro de transacciones para la aceptación (emisión) de efectivo en moneda extranjera mediante tarjetas de pago se lleva a cabo teniendo en cuenta los requisitos del Capítulo 3 del Reglamento del Banco de Rusia del 24 de diciembre de 2004 N 266-P “Sobre la emisión tarjetas bancarias y sobre transacciones realizadas con tarjetas de pago”, registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia el 25 de marzo de 2005 N 6431, 30 de octubre de 2006 N 8416, 8 de octubre de 2008 N 12430 (“Boletín del Banco de Rusia” de fecha 30 de marzo de 2005 N 17, de 9 de noviembre de 2006 N 60, de 17 de octubre de 2008 N 58) (en adelante, Reglamento del Banco de Rusia N 266-P).

4.9. Al finalizar una transacción con efectivo en moneda extranjera y cheques, el cajero está obligado a emitir a la persona física un documento que confirme la transacción con efectivo en moneda extranjera y cheques (en adelante, el documento de confirmación), con excepción de las operaciones especificadas en subcláusulas 3.1.9, 3.1.18 - 3.1 .21 cláusula 3.1 de este Instructivo.

Al realizar transacciones con efectivo, moneda extranjera y cheques especificados en los incisos 3.1.18 - 3.1.21 del párrafo 3.1 de esta Instrucción, el cajero redacta y emite un documento de confirmación a la persona que lo solicite.
4.12. Un banco autorizado (sucursal) que realiza operaciones para aceptar billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) para su cobro, acepta billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) retirados de la circulación para su cobro de acuerdo con las condiciones para su aceptación por parte de los emisores. .

4.13. La aceptación para el cobro de billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) o cheques se lleva a cabo sobre la base de una solicitud por escrito de forma libre de un individuo para la aceptación para el cobro (en adelante, la solicitud de un individuo) y otros documentos de acuerdo con las condiciones para su aceptación por parte de los emisores.

La solicitud de una persona deberá indicar en su totalidad su apellido, nombre y patronímico (si lo hubiera), la dirección del lugar de residencia (lugar de estancia) de la persona, el nombre, serie y número (si lo hubiera) del documento de identificación presentado por la persona física, así como:

El nombre de la moneda de cada billete de un estado extranjero (grupo de estados extranjeros), su denominación, serie, número, año de emisión, detalles adicionales (para billetes de EE. UU.: designación alfanumérica de la institución emisora, carta de cheque, número de cuadrante, número de clichés del anverso y reverso para los billetes de los países miembros de la Unión Europea: una marca alfanumérica), el nombre del emisor del billete de un estado extranjero (grupo de estados extranjeros) (si es posible indicarlo). él);

El nombre de cada cheque, su número y fecha, el monto indicando el nombre de la moneda, el nombre del emisor del cheque y el nombre de la persona que emitió el cheque (si es posible indicarlos).

4.14. Al aceptar billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) o cheques para su cobro, el cajero se asegura de que el individuo indique correctamente la información sobre los detalles de los billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) o cheques en la solicitud del individuo.

4.15. Al aceptar billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) o cheques para su cobro, el cajero redacta un recibo en dos copias en el formulario que figura en el Apéndice 4 de estas Instrucciones. Una copia del recibo se emite a una persona física y la otra copia del recibo se envía a los documentos de la caja registradora.

4.17. Al recibir una compensación del banco cobrador por billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) o cheques aceptados para el cobro, el banco autorizado (sucursal) envía al individuo una notificación por escrito de la decisión del banco cobrador.

Al recibir una compensación del banco cobrador por billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) o cheques aceptados para el cobro, una persona, a su elección, recibe una cantidad en efectivo en moneda extranjera o en moneda en efectivo de la Federación de Rusia. o se acredita una cantidad en moneda extranjera o en la moneda de la Federación de Rusia en la cuenta bancaria de un individuo. El monto en moneda de la Federación de Rusia se calcula al tipo de cambio de moneda extranjera recibido del banco cobrador, establecido por el banco autorizado (sucursal) en la fecha de pago del monto especificado a un individuo o en la fecha de su acreditación. a la cuenta bancaria del individuo.

4.18. Cuando un banco autorizado (sucursal) recibe una respuesta oficial del banco cobrador sobre la negativa a comprar billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) o cheques enviados para su cobro, el banco autorizado (sucursal) envía al individuo una notificación por escrito. de la decisión del banco cobrador con una copia de la respuesta oficial (extracto de la respuesta oficial) del banco cobrador. Los billetes de estados extranjeros (grupos de estados extranjeros) o los cheques aceptados para su cobro se devuelven al individuo si son devueltos por el banco cobrador.

La respuesta oficial original del banco cobrador sobre la negativa a comprar billetes de estados extranjeros (un grupo de estados extranjeros) aceptados para cobro o cheques se envía a los documentos del día.

Operaciones con billetes deteriorados:

1) reposición, compra, abono a la cuenta.

2) colección.

1) Para reposición/compra, se aceptan billetes que hayan conservado los datos (denominación, número de serie, nombre o designación del banco emisor) y elementos de seguridad (marca de agua, marcas magnéticas, fibras de seguridad, etc.) y tengan los siguientes desperfectos:

1. Pegado. Esquinas rotas o piezas con una superficie superior a 2 metros cuadrados. compruebe si las partes rotas pertenecen sin duda a este billete.

2. Desgarros de los bordes de los billetes con una superficie total de 0,5 metros cuadrados. cm, pero no más de ½ parte del área total del billete, siempre que se conserven los números.

3. Rasgado en pedazos y pegado, independientemente de dónde se encuentren las roturas (siempre que se conserven los números de serie) y en cuántos pedazos esté roto el billete, si todos los pedazos pertenecen sin duda a este billete.

4. Tener rasgaduras selladas, cualquiera que sea el número de rasgaduras y si al menos una de ellas excede la ½ parte del ancho del billete.

5. Tener pinchazos con un diámetro superior a 1 mm (a excepción de los pinchazos realizados con una grapadora, cuya presencia en cantidades no superiores a 5 pares y con un diámetro de hasta 2 mm cada uno no afecta la pagabilidad de el billete), si los pinchazos no interfieren con la determinación de la autenticidad del billete.

6. Aquellos que hayan cambiado las dimensiones geométricas en más de 3 mm, tanto en el sentido de disminución como en el de aumento (el arranque de los bordes no se aplica a un cambio en el tamaño geométrico) (ver punto 2).

7. Tener abrasiones, suciedad que cubra más del 50% de uno de los detalles y elementos de seguridad, si no interfieren en la determinación de la autenticidad del billete.

8. Tener manchas de aceite, tinta y otras manchas, inscripciones e impresiones de sellos (excepto los sellos que indiquen que el billete no es auténtico), que cubran más del 50% de uno de los detalles y elementos de seguridad si no interfieren en la determinación de la autenticidad del billete. el billete.

9. Haber estado en agua o expuesto a reactivos químicos, como resultado de lo cual más del 50% de la superficie del papel del billete ha adquirido un brillo azul ante la luz ultravioleta.

10. Tener defecto evidente de impresión (ausencia) o colocación inadecuada de marca de agua, hilo de seguridad, hilo de seguridad torcido o interrumpido, errores de impresión o imágenes borrosas.

11. Cambió el color original, si esto no interfiere con la determinación de la autenticidad del billete.

12. Dólares estadounidenses dañados intencionalmente a los que se les haya quitado el hilo de seguridad.

2) Señales mediante las cuales se acepta la recogida de un billete. Con el consentimiento del propietario, Sberbank acepta billetes extranjeros para su cobro. estados con los siguientes daños:

1. Cubierto total o parcialmente de pintura, tinta, óleo, despedazado, si no son visibles los detalles y elementos de seguridad.


2. Los que hayan cambiado su color original o estén descoloridos, si no se han conservado detalles y elementos de seguridad.

3. Daño importante de carácter intencional (se han modificado los dibujos principales, en particular, se han modificado mucho los retratos de personas, se ha eliminado el hilo de seguridad, salvo en los casos especificados en el párrafo 12 del grupo 1), hay inscripciones visible en la UVL.

4. Quemado o quemado.

5. Falta más de 1/4 del área total del billete o hay dudas de que las partes individuales rotas pertenezcan al mismo billete.

6. No guardar datos y elementos de seguridad.

7. Billetes extranjeros estados (grupos de estados) retirados de la circulación por ellos después de la fecha anunciada por el banco emisor y antes de la fecha final de aceptación de los billetes especificados por parte del banco emisor.

3) Billetes cuyo diseño difiere del diseño de los billetes de curso legal en el territorio del estado correspondiente (con denominación modificada, convertidos de billetes de otros estados, falsificados), así como cuestionable su autenticidad se envía para su examen.